Aviso Automático de Importación de Productos Siderúrgicos


Transparencia

 

El Aviso Automático de Importación de productos siderúrgicos aplica a 146 fracciones arancelarias de los capítulos 72 y 73 de la TIGIE para las importaciones definitivas.

Los principales productos sujetos a la medida son tubos con y sin costura, placas en rollo, láminas roladas en frío y en caliente, planchón, barras de acero, alambrón, perfiles, entre otros.

La operación del Aviso de Importación y la presentación de forma anexa del Certificado de Molino o de calidad se rige por las disposiciones establecidas en la Ley de Comercio Exterior y su Reglamento, así como por el Acuerdo del 5 de diciembre de 2013 por el que la Secretaría de Economía emite reglas y criterios de carácter general en materia de comercio exterior, y reformado el 11 de agosto de 2014, el 29 de septiembre de 2015 y el 13 de abril de 2016.

Los datos del personal de la Dirección General de Comercio Exterior que estará pendiente para resolver cualquier eventualidad que se presente durante el periodo de suspensión de labores son:

Ernestina Flores Ocampo- ernestina.flores@economia.gob.mx
Subdirectora de Análisis y Seguimiento

Irving Luna Cruz.-irving.luna@economia.gob.mx
Director de Operación de Instrumentos de Comercio Exterior.

Emmanuel Ortega Aguilar.- emmanuel.ortega@economia.gob.mx
Director de Diseño e Instrumentación de la Operación de Comercio Exterior.