Comercio Exterior hoy... es un esfuerzo de la Secretaría de Economía para difundir noticias relevantes en materia de Comercio Exterior.
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Volumen 3, Núm. 7, 30/07/2008 |
El contenido de este boletín tiene carácter meramente informativo y es para efectos de referencia. |
Programas IMMEX Suspendidos
Se publica lista compIementaria de IMMEX suspendidas por incumplimiento en la presentación de su reporte anual de operaciones de comercio exterior, o de los requisitos establecidos en el artículo 11, fracción III del Decreto IMMEX. |
Responsable de la información : Dirección General de Comercio Exterior |
El 4 de julio de 2008 la Secretaría de Economía publicó en el Diario Oficial de la Federación la Resolución por la que se dan a conocer los nombres de los titulares y números de Programas de la Industria Manufacturera, Maquiladora y de Servicios de Exportación suspendidos por incumplimiento de las obligaciones de presentar su reporte anual de operaciones de comercio exterior para el ejercicio 2007, y de los requisitos establecidos en el artículo 11, fracción III del Decreto IMMEX.
En dicha resolución se omitió incorporar algunas empresas que se encuentran en los supuestos mencionados y que es necesario dar a conocer.
Por lo anterior, la Secretaría de Economía publica el día de hoy en el DOF una Resolución complementaria por la que se dan a conocer los nombres de los titulares y números de programas de la industria manufacturera, maquiladora y de servicios de exportación suspendidos por las causas señaladas y que se omitió incorporar en la resolución del 4 de julio de 2008.
Los titulares de los Programas IMMEX suspendidos por incumplimiento de los requisitos del artículo 11, fracción III del Decreto IMMEX, podrán consultar en la página de Internet www.siicex.gob.mx, los requisitos que incumplieron, a efecto de que acudan a la Administración Local de Asistencia al Contribuyente del Servicio de Administración Tributaria que les corresponda, para solventar la problemática de que se trate.
Las empresas listadas en la resolución tendrán hasta el último día hábil del mes de agosto de 2008, para:
I. Presentar el reporte anual del ejercicio fiscal 2007, y/o
II. Cumplir con los requisitos a que se refiere el artículo 11, fracción III del Decreto IMMEX.
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