Comercio Exterior hoy... es un esfuerzo de la Secretaría de Economía para difundir noticias relevantes en materia de Comercio Exterior.

 

Volumen 3, Núm.  9, 26/08/2008

El contenido de este boletín tiene carácter meramente informativo y es para efectos de referencia.

OCTAVA MODIFICACION REGLAS

 

Se publica la Octava Modificación al Acuerdo por el que la Secretaría de Economía emite reglas y criterios de carácter general en materia de comercio exterior.

Responsable de la información : Dirección General de Comercio Exterior

El día de hoy la SE publica la Octava Modificación al Acuerdo de Reglas mediante la cual da a conocer nuevas disposiciones y criterios aplicables a los programas e instrumentos de comercio exterior que administra la Secretaria.

 

A través de esta Octava Modificación se dan a conocer diversas disposiciones con las que se da cumplimiento a los artículo tercero, fracciones IV y V, artículo cuarto y quinto del Decreto por el que se otorgan facilidades administrativas en Materia Aduanera y de Comercio Exterior, relativas a certificados de origen y al carácter de exportador autorizado; así como también otorga facilidades para las empresas IMMEX que destinan mercancía al régimen de recinto fiscalizado estratégico y las mercancías del Capítulo 95 de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y Exportación sujetas a cupo.

CERTIFICADOS DE ORIGEN: Para los efectos del artículo Quinto del Decreto de Facilidades, se dan a conocer en el Anexo 2.6.7 de esta octava modificación al Acuerdo de Reglas publicado el día de hoy, los nuevos números de exportador autorizado que corresponden a cada persona física o moral que cumple con los requisitos establecidos en el citado Decreto.

 

El carácter de exportador autorizado permite a las personas físicas y morales que exportan a los países de la Comunidad Europea y a los Estados de la Asociación Europea de Libre Comercio, prescindir del uso de certificado de circulación de mercancías EUR.1 y en su lugar extender una declaración sobre la factura, la orden de entrega o cualquier otro documento comercial utilizando. Con estos números se permite que de manera inmediata los exportadores realicen sus operaciones sin trámite alguno ante la Secretaría.

 

Aquellos exportadores que cumplan con los criterios de exportador establecidos en el artículo Quinto del Decreto de Facilidades, podrán solicitar su número de exportador autorizado, en la ventanilla de atención al público de la representación federal de la Secretaría que corresponda, en los términos que establece el trámite inscrito en el Registro Federal de Trámites y Servicios SE-03-037 "Registro de Productos Elegibles para Preferencias y Concesiones Arancelarias para la Obtención del número de exportador autorizado para la Unión Europea (UE) o la Asociación Europea de Libre Comercio (AELC)”.

 

CUPOS: Se adiciona a la regla 2.3.6,  el Acuerdo por el que se dan a conocer los cupos para importar a los Estados Unidos Mexicanos diversos productos originarios y provenientes de la República Federativa del Brasil, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 3 de julio de 2006, ya que se trata de un cupo que se asigna mediante la modalidad de “Primero en tiempo, primero en derecho”, el cual deberá asignarse en las representaciones federales de la SE, al igual que todos los cupos que se asignan por dicho mecanismo.

 

IMMEX: A fin de promover la inversión y la generación de empleo, se da a conocer que a aquellas empresas que cuentan con un Programa IMMEX, y una autorización para destinar mercancías al régimen de recintos fiscalizados estratégicos, la Secretaría de Economía, les tendrá por cumplidas todas las obligaciones del Decreto IMMEX, cuando éstas cumplan con las regulaciones establecidas para recintos fiscalizados estratégicos.

 

Lo anterior, a efecto de simplificar la operación de estas empresas, eliminando  dobles controles  que únicamente generan gastos de operación adicionales a las empresas, reduciendo su competitividad.

 

Las disposiciones y requisitos que deben cumplir estas empresas están contenidos en las Reglas de Carácter General en Materia de Comercio Exterior del SAT, las cuales pueden consultarse en http://www.siicex.gob.mx/portalSiicex/SICETECA/Reglas/Reglas.htm

 

1 Publicado en el DOF el 31 de marzo de 2008.

2 La Secretaría de Economía reasignó números de exportador autorizado, a las empresas que antes de la simplificación de los citados criterios, ya contaban con el mismo a partir del año 2005.

3 Se da a conocer en el Acuerdo de Reglas la versión en español de esta declaración.

4 Ver la regla 2.6.7 del Acuerdo de Reglas