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Comercio Exterior hoy... es un esfuerzo de la Secretaría de Economía para difundir noticias relevantes en materia de Comercio Exterior.
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Volumen 1, Núm. 3, 05/01/2009 |
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La Secretaría de Economía publicó el día 29 de diciembre de 2008 el Acuerdo por el que se da a conocer el contingente arancelario para importar en 2009, exenta de arancel, leche en polvo originaria de los países miembros de la Organización Mundial del Comercio. |
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Responsable de la información : Dirección General de Comercio Exterior |
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De conformidad con el Artículo 4 parte III del Acuerdo sobre la Agricultura de la Organización Mundial del Comercio (OMC), México aplica como parte de sus compromisos de acceso a los mercados, contingentes arancelarios de importación a bienes originarios de los países miembros de la OMC, conforme a lo dispuesto en la Lista LXXVII-México Sección I-B, en la que se incluye la leche en polvo o en pastillas.
Por lo anterior, y a fin de complementar el abasto doméstico, se da a conocer el contingente arancelario para importar en 2009, exenta de arancel, leche en polvo originaria de los países miembros de la OMC, en los siguientes términos:
1. Las fracciones arancelarias 0402.10.01 y 0402.21.01 correspondientes a Leche en polvo o en pastillas (En polvo, gránulos o demás formas sólidas, con un contenido de materias grasas inferior o igual al 1.5% en peso) y Leche en polvo o en pastillas (En polvo, gránulos o demás formas sólidas, con un contenido de materias grasas superior al 1.5% en peso. Sin adición de azúcar ni otro edulcorante), respectivamente, tendrán un contingente de 80 000 toneladas provenientes de países con cláusula de nación más favorecida.
Se aplicará el mecanismo de asignación directa, al contingente arancelario mencionado, de conformidad con los criterios establecidos en el propio Acuerdo.
Las solicitudes de asignación directa deberán presentarse en el formato SE-03-011-1 “Solicitud de asignación de cupo” y una vez asignado el monto para importar dentro del contingente arancelario, la Secretaría de Economía expedirá los respectivos certificados de cupo, a través de la representación federal correspondiente, previa solicitud del interesado a través del formato SE-03-013-5 “Solicitud de certificados de cupo (obtenido por asignación directa)”.
Los formatos mencionados estarán disponibles en las representaciones federales de la Secretaría de Economía y en la página de Internet de la COFEMER. El Acuerdo mencionado entrará en vigor el 1 de enero de 2009 y concluirá su vigencia el 31 de diciembre de 2009. |