En esta sección encontrará la siguiente información:
I. Definición de PROSEC
II. Marco Legal
III. Beneficios que tiene utilizarlo
IV. Sujetos susceptibles de obtener una autorización de programa PROSEC
V. Sectores PROSEC
I. Definición de PROSEC
Los Programas de Promoción Sectorial (PROSEC) son un instrumento dirigido a personas morales productoras de determinadas mercancías, mediante los cuales se les permite importar con arancel ad-valorem preferencial (Impuesto General de Importación) diversos bienes para ser utilizados en la elaboración de productos específicos, independientemente de que las mercancías a producir sean destinadas a la exportación o al mercado nacional.
II. Marco legal
El programa PROSEC está establecido en el Decreto por el que se establecen diversos Programas de Promoción Sectorial, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 2 de agosto de 2002 y sus reformas.
Su marco legal es:
• La Ley Aduanera y su Reglamento
• El Código Fiscal de la Federación
• La Ley Federal de Procedimiento Administrativo
• El Acuerdo por el que la Secretaría de Economía emite reglas y criterios de carácter general en materia de Comercio Exterior
• El Acuerdo por el que se dan a conocer los trámites inscritos en el Registro Federal de Trámites y Servicios que aplican a la Secretaría de Economía, y los organismos descentralizados y órganos desconcentrados del sector
• La Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación
III. Beneficios que tiene utilizar un Programa PROSEC
a) El beneficio consiste en importar con un arancel preferencial, diversos bienes para ser incorporados y utilizados en el proceso productivo de las mercancías señaladas en el articulo 4 del Decreto PROSEC y conforme al sector autorizado.¹/ Este arancel preferencial se encuentra especificado en el artículo 5 de dicho Decreto.
¹ / Los beneficios del programa son únicamente respecto de los bienes a importar contenidos en el sector de que se trate, es decir, para la producción de una mercancía no podrá importarse un bien contenido en un sector diferente.
IV. Sujetos susceptibles de obtener una autorización de Programa PROSEC
Son candidatos a utilizar PROSEC, aquellas personas morales productoras de las mercancías señaladas en el artículo 4 del Decreto PROSEC, empleando los bienes mencionados en el artículo 5 del propio Decreto.
V. Sectores PROSEC
Existen 24 sectores PROSEC correspondientes a las siguientes industrias:
I. De la Industria Eléctrica
II. De la Industria Electrónica
III. De la Industria del Mueble
IV. De la Industria del Juguete, Juegos de Recreo y Artículos Deportivos
V. De la Industria del Calzado
VI. De la Industria Minera y Metalúrgica
VII. De la Industria de Bienes de Capital
VIII. De la Industria Fotográfica
IX. De la Industria de Maquinaria Agrícola
X. De las Industrias Diversas
XI. De la Industria Química
XII. De la Industria de Manufacturas del Caucho y Plástico
XIII. De la Industria Siderúrgica
XIV. De la Industria de Productos Farmoquímicos, Medicamentos y Equipo Médico
XV. De la Industria del Transporte, excepto el Sector de la Industria Automotriz y de Autopartes
XVI. De la Industria del Papel y Cartón
XVII. De la Industria de la Madera
XVIII. De la Industria del Cuero y Pieles
XIX. De la Industria Automotriz y de Autopartes
XX. De la Industria Textil y de la Confección
XXI. De la Industria de Chocolates, Dulces y Similares
XXII. De la Industria del Café.
XXIII. De la Industria Alimentaria
XXIV. De la Industria de Fertilizantes
Para obtener un cupo, se deben realizar dos trámites ante la Secretaría de Economía: Trámite de Asignación de Cupo y Trámite de Expedición de Certificado de Cupo.
La información sobre los cupos se publica por la Secretaría de Economía en los Acuerdos que dan a conocer los montos, los mecanismos, los criterios y las vigencias con los que se asignará cada uno de los cupos establecidos.
Una vez publicado el Acuerdo que da a conocer el cupo y su mecanismo de asignación, se inicia el procedimiento para que los interesados puedan solicitar un cupo.
Actualmente la Secretaría de Economía ofrece dos vías para ingresar solicitudes de asignación y de expedición de cupo:
Por un lado las oficinas de atención al público conocidas como Representaciones Federales y que se encuentran en los distintos Estados de la República ó a través de internet en la dirección www.ventanillaunica.gob.mx
Existen 3 mecanismos por los cuales se puede obtener un cupo. La Secretaría de Economía determina el mecanismo que se utilizará para asignar cada cupo.
MECANISMO DE ASIGNACIÓN DIRECTA (AD)
Consiste en la distribución del monto determinado de un cupo entre un número de personas o empresas interesadas en base a ciertos criterios definidos por la Secretaría de Economía. Estos criterios pueden consistir por ejemplo en nivel de participación en la producción nacional, nivel de participación en exportaciones, nivel de participación en importaciones, consumos, entre otros. Hay cupos bajo este mecanismo que pueden estar dirigidos únicamente a un sector de beneficiarios, por ejemplo, productores de derivados lácteos, productores de juguetes, entre otros.
Si el solicitante cumple con los criterios específicos definidos por la Secretaría de Economía, el monto de cupo se le autoriza y se le entrega un certificado de cupo.
MECANISMO DE PRIMERO EN TIEMPO, PRIMERO EN DERECHO (PTPD).
Consiste en la distribución del monto determinado de un cupo conforme al orden de prelación de las solicitudes de los interesados, es decir, conforme se van recibiendo por la autoridad y hasta agotar la cantidad existente.
MECANISMO DE LICITACIÓN PÚBLICA.
Es un procedimiento mediante el cual se distribuye el monto de un cupo entre aquellos interesados dispuestos a realizar un pago por la adjudicación de una parte del cupo con base en los precios más altos ofrecidos.
Los interesados acuden presencialmente a un evento en la Secretaría de Economía a presentar sus ofertas en un escenario de libre competencia. La Secretaría de Economía realiza la revisión de cada oferta así como el cumplimiento de los requisitos (formatos, cheques, etc.) y se adjudican las posturas válidas, es decir, aquellas que cumplen.
El Mecanismo de Licitación Pública requiere que la autoridad realice una publicación de una convocatoria, así como de las bases de la licitación, en donde se explicarán todos los requisitos y pasos necesarios para poder participar en la misma.